LAS INDULGENCIAS

 

Instrucciones preliminares

 

Capítulo primero

(Naturaleza, utilidad y división).

 

1.-Naturaleza. – ¿Qué  es una indulgencia? Se entiende por indulgencia la remisión (o el perdón) de las penas temporales debidas a Dios  por los pecados ya perdonados en cuanto a la culpa, la cual remisión  se  concede por la autoridad.

Eclesiástica fuera del sacramento de la penitencia.

 Es de notar que todo pecado induce  en el alma dos efectos maligno:  La culpa y la pena. Por la contrición, con las debidas condiciones y por el sacramento de la penitencia se perdona la culpa y la pena eterna; pero casi siempre queda por pagar una pena temporal mas o menos grande, sea en este mundo, sea en el purgatorio, toda vez que la constricción  y la penitencia referidas no suelen ser todo lo intensas y fervorosas que se requiere para que borren hasta las ultimas reliquias  de los pecados, fuera del bautismo.

 Pues bien; por las indulgencias se nos puede rebajar  y aun quitar toda la aludida pena remanente, aplicándonos la potestad superior de la Iglesia  una parte  del inagotable tesoro que a su disposición tiene, constituido por los meritos  satisfactorios de Nuestro Señor Jesucristo, a los cuales se añaden los de la Santísima Virgen  y los  superabundantes de los Santos. Así  se ha entendido y practicado en la Iglesia de Dios  desde sus principios, como lo enseñan y demuestran los Teólogos, en sus magistrales obras. Pero nunca ha  de suponerse, ni jamás  ha enseñado la Iglesia, por que las indulgencias se perdone poco ni mucho la culpa (1), ni se quite la obligación  que todos  tenemos de llevar la cruz de mortificarnos  y de hacer penitencia, como  ya explican los doctores

 

 

2.- Utilidad de las indulgencias.- Se infiere de lo dicho  de  la grande  utilidad que del uso de las indulgencias reportan los fieles. Como sucede  de  ordinario  que la  penitencia impuesta por  el confesor en el santo tribunal  no llega, ni con  mucho  a satisfacer  todas las deudas  que tenemos contraídas ante la divina justicia, vienen las indulgencias a completar nuestra paga y ayudan a nuestra debilidad y flaqueza.

 

Por otra parte, las condiciones  que para ganarla indulgencias se  exigen, siempre  excelentes, aunque  llevaderas, obligan  a los fieles cristianos a procurar mas y mas la limpieza de corazón y a practicar diferentes obras de religión  y caridad, que les santifican. El santo afán por ganar indulgencias promueve muy eficazmente la frecuencia de sacramentos  y excita a  la oración y a la repetición de jaculatorias; todo lo cual es grandemente provechoso al espíritu, como  lo acreditan la historia y la experiencia.  Y por fin, como mediante las obras buenas y aun  por las indulgencias (según la concesión del Romano Pontífice) podemos socorrer a las almas del purgatorio  en virtud  de la consoladora doctrina de la comunión de los santos, resulta que las indulgencias  ponen a nuestra disposición  un medio fácil de ejercitar la caridad  con aquellas afligidas almas,  y de merecer  así  nosotros  la vida eterna y de ganarnos  protectores que en el cielo  nos esperen  y reciban. Pues si dar un vaso  de agua fría  por Jesucristo  no carecerá  de recompensas,  como el dice el mismo Señor; ¿Cuán meritorio  no ha de ser  el acto  de refrigerar las terribles penas de las almas detenidas  en el purgatorio, enviándoles  el sufragio de las indulgencias?

 

3.-Diferentes  clases de indulgencias.-  Divídense las indulgencias:

 

-por razón de su amplitud, en plenas y parciales. Las primeras quitan toda la pena temporal debida por los pecados; de suerte que, si al instante de ganar una muriese la persona que acaba de recibirla, iría su alma inmediatamente al cielo. Las parciales sólo perdonan una parte de dicha pena, y suelen contarse por años y días en esta forma: trescientos días de indulgencia, siete años, quince años, etc. Con estas fórmulas se quiere significar el efecto de la indulgencia según las reglas de las antiguas penas eclesiásticas. Y así,cuando se dice, por ejemplo, que se conceden trescientos días, no se entiende que se rebajan otros tantos días de purgatorio, sino que se perdona tanta pena como se le hubiere quitado a uno en otros tiempos cumpliendo trescientos días de aquellas gravísimas penitencias que se imponían en los primeros siglos de la Iglesia a los pecadores, los cuales habían de estar durante la Misa en el pórtico de la iglesia vistiendo cilicio, o debía ayunar a pan y agua, etc.  O la  palabra cuarentena, que tanto uso tenía antes en indulgencias, significa cuarenta días, o el tiempo de una cuaresma.

-Por razón del tiempo que dura la concesión, las indulgencias son perpetuas o temporales, según que estén concedidas para siempre o sólo para cierto tiempo determinado. Si no se advierte lo contrario, la indulgencia es perpetua.

-Por razón de las veces que se pueden ganar, unas son sencillas, que no se ganan, sino una vez al día, para el cual fueron concedidas, y otras se dicen toties quoties; porque se pueden lograr tantas veces cuantas durante el día se repita la obra a cual  van anejas. Las parciales,  si expresamente no se  advierte lo contrario sontoties quoties;  al revés, las plenarias solamente pueden lograrse  una vez al día, excepto cuando explícitamente se dice lo contrario, aunque se repitan las obras. Entre las plenarias que pueden lograrse toties quoties están las de la Porciúncula y otras asimiladas a ellas.

-Por razón del objeto o del motivo que da pie a la concesión de indulgencias, divídense estas en personales, reales y locales, según que se concedan a las personas por alguna buena obra que practiquen (personales), o por llevar algún objeto piadoso o rezar con él o ante una imagen portátil (reales), o por visitar una iglesia o lugar devoto (locales).

 En cuanto  a la naturaleza  y condiciones  de los objetos  sobre los cuales  puede recaer la bendición con indulgencias se trata en el capitulo IV.

 -Por ultimo, pueden distinguirse  las indulgencias en  aplicables o no aplicable  a las almas  del purgatorio; la cual diferencia de pende  únicamente   de la voluntad  del Sumo Pontífice. Hoy  son  aplicables todas y solas  las concedidas  por el Papa,  mientras  no se exprese  lo contrario; y aun pueden hacerse tales todas las demás llamado Voto de animas,  del cual se habla al fin  del capitulo III (n. 66). Cuando se aplica  una indulgencia  plenaria en sufragio  de un  alma del purgatorio, si Dios la acepta para la misma  en todo su valor, será suficiente para llevar el alma al cielo en aquel instante. Según esto, con las practicas recomendadas  y consignadas  en este librito (todas las cuales tienen indulgencias coincididas por los Papas) se pueden sacar  al año  muchos  miles de almas del purgatorio  y llevarla al cielo para que alaben a Dios  en nuestro nombre e intercedan por nosotros.

La indulgencias suelen anunciar  al pie  de algunos recordatorios  de difuntos  como concedidas por varios señores Obispos, no se conceden a los difuntos sino a los vivos para estimularlos a que rueguen por ellos; y sólo  las ganan, como se dice  mas abajo (n. 4), los  súbditos  respectivos  de  los Prelados que las conceden.

(1) Así  cuando en algunas concesiones de las indulgencias de dice que se concede la  <<remisión de los pecados>>, la palabra <<pecado>> Se toma por pena que le es debida. 

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